Nueva ley de información alimentaria (ALÉRGENOS)

03-10-2016 | Noticias

[vc_row][vc_column][vc_single_image image=»5067″ img_size=»large» css_animation=»fadeIn»][vc_column_text]REGLAMENTO EUROPEO 1169/2011

En los últimos quince años el número de personas que sufren alergia alimentaria se ha multiplicado por dos, hasta el punto de que más del 10% de la población declara algún tipo de intolerancia. Para garantizar su seguridad y equipararlos en derechos, la nueva ley de alérgenos, recogida en el Reglamento Europeo 1169/2011 establece que todas las empresas operadoras de colectividades tienen que informar de los alérgenos que contienen sus platos. Desde el pasado 13 de diciembre de 2014 esta ley ya está en marcha.

¿Cuál es el objetivo de la nueva ley?

Informar al consumidor sobre los ingredientes que pueden causar alergias o intolerancias y que forman parte de los menús o cartas.

¿Quién debe cumplir la ley?

Este reglamento incluye a los alimentos no envasados, entregados por colectividades: restaurantes, bares, caterings, comedores públicos -colegios, hospitales, etc- y máquinas expendedoras.

 ¿Cuándo entró en vigor?

El artículo 55 del Reglamento estableció como fecha límite el pasado 13 de diciembre de 2014.

¿Cuáles son los alérgenos de los que se debe informar?

El Reglamento establece como obligatoria “la información sobre todo ingrediente que cause alergias o intolerancias y se utilice en la fabricación o la elaboración de un alimento y siga estando presente en el producto acabado, aunque sea en forma modificada”. Para facilitar su aplicación, recoge un listado de sustancias alérgicas que deben indicarse de forma clara, incluso cuando exista la posibilidad de que se hayan filtrado sólo trazas de éstas. El reglamento incluye las 14 sustancias alérgicas:

  1. Cereales que contengan gluten.
  2. Crustáceos y productos a base de crustáceos
  3. Huevos y productos a base de huevo.
  4. Pescado y productos a base de pescado.
  5. Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.
  6. Soja y productos a base de cacahuetes.
  7. Leche y sus derivados.
  8. Frutos de cáscara.
  9. Apio y productos derivados.
  10. Mostaza y productos derivados.
  11. Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.
  12. Dióxido de azufre y sulfitos.
  13. Altramuces y productos a base de altramuces.
  14. Moluscos y productos a base de moluscos.

¿Cómo puedes hacerlo?

Para informar de la presencia de alérgenos lo más recomendable es escrita y en el menú (aquí tienes varias ideas para informar a tus clientes de los alérgenos). Además, el personal de cocina y de servicio debe adquirir los conocimientos sobre estos 14 alérgenos así como alertar y formar para asegurar una gestión efectiva de los mismos.

¿Qué pasa si no cumples la nueva Ley de alérgenos?

Ahora, en caso de que un cliente o consumidor final sufra una reacción alérgica o intolerancia, con la nueva Ley la responsabilidad recae sobre el restaurante, que puede enfrentarse a sanciones.

[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][/vc_column][/vc_row]

Más noticias

ACCESO INTRANET

ACCESO INTRANET

Ya puedes acceder a tus facturas, albaranes y fichas técnicas de los productos.

YA ESTA DISPONIBLE NUESTRO CATÁLOGO DE NAVIDAD

YA ESTA DISPONIBLE NUESTRO CATÁLOGO DE NAVIDAD

La Navidad esta a la vuelta de la esquina y en Rodrigo Alimentación ya tenemos disponible el Catálogo de Navidad donde podrás encontrar una gran variedad de productos: jamones, quesos, carnes, pates y productos de V gama entre otros muchos....

Share This